17/8/07

Democracia y capitalismo son incompatibles

Venezuela: reforma constitucional y mentiras interesadas, un artículo del profesor Manuel F. Trillo

"Sólo la mala fe, la ignorancia, la sumisión a intereses bastardos, la gran afición por la mentira sistemática, la paranoia de una derecha cerril, el falso purismo de los progresistas, y, claro, la estulticia de unos cuantos unida al analfabetismo –funcional y político- de la gran masa, convierten el proceso constituyente que ahora mismo ocurre en Venezuela en una especie de ópera “bufa”. Nada más lejos de la realidad, pues los pueblos latinoamericanos están enseñando a los muy “civilizados” de Europa que la Constitución se puede reformar dando un vuelco a su organización territorial y organización política (parte orgánica) y, en lo que yo entiendo más sustancial, la ampliación de los derechos fundamentales y de las libertades públicas (parte dogmática). (...)
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Venezuela: reforma constitucional y mentiras interesadas
por Manuel F. Trillo

Sólo la mala fe, la ignorancia, la sumisión a intereses bastardos, la gran afición por la mentira sistemática, la paranoia de una derecha cerril, el falso purismo de los progresistas, y, claro, la estulticia de unos cuantos unida al analfabetismo –funcional y político- de la gran masa, convierten el proceso constituyente que ahora mismo ocurre en Venezuela en una especie de ópera “bufa”. Nada más lejos de la realidad, pues los pueblos latinoamericanos están enseñando a los muy “civilizados” de Europa que la Constitución se puede reformar dando un vuelco a su organización territorial y organización política (parte orgánica) y, en lo que yo entiendo más sustancial, la ampliación de los derechos fundamentales y de las libertades públicas (parte dogmática).

Durante estos meses asistiremos a una sarta de afirmaciones interesadas sobre esta reforma constitucional. Veremos a los “gonzález” y a los “cebrianes” propalando falsedades sobre la naturaleza de la nueva Constitución. Ya hace tiempo que comenzaron criticando que al Presidente de la República se le elija periódicamente pudiendo ser reelegido cuantas veces se presente y sea apoyado por los votos de los ciudadanos. Como no encuentro justificación a semejante sandez, llego a pensar que quizás prefieran un Borbón en Venezuela, sujeto al que no se le eligió y cuyo cargo es vitalicio. Pero este es el aspecto ridículo del asunto, por más que ocupe páginas y páginas en los periódicos del sistema. Seguirán con este “raca raca” porque saben que la cultura política de los españoles es tan básica, y por ello acrítica, que lograrán que muchos se traguen la gran patraña de la perpetuidad de Chavez, que, aun, siendo así, en realidad no se diferenciaría de la monarquía de los Borbones a los que ellos rinden pleitesía. No será así, porque Chavez –como todo estadista con sentido común- sabe que los días del hombre están contados, y los del dirigente político aún más. Por ello, como cualquier trabajador debe acabar la tarea comenzada antes de que “se acabe el día”. La reforma constitucional es la fundamental.

En España estamos pendientes de una reforma de la Constitución del 78, y si bien los “súbditos” encaramados al Poder prefieren reducirla a una cuestión esperpéntica y ridícula – acabar con la Ley Sálica para asegurar la sucesión de una familia de zánganos al frente de la Jefatura del Estado-, lo cierto es que esperamos que se abra un nuevo período constituyente en que se reforme de cabo a rabo la moribunda Constitución actual, con la inclusión, como derechos fundamentales, el derecho al trabajo y a la vivienda y cuantos derechos sociales aseguren una mejoría de la población. Así mismo el reconocimiento del derecho de autodeterminación de los pueblos de España, y los que están ya amparados y reconocidos por el Derecho internacional. ¿Por qué entonces tanta inquina con la reforma constitucional venezolana? ¿Por qué no insisten esos mismos poderes mediáticos españoles para que se reforme la Constitución haciéndola democrática, y en donde todos sus cargos sean elegibles? ¿Por qué no emprenden una campaña similar contra los zánganos del reino?

Esto, que es obvio tanto en los interrogantes como en las respuestas, no nos distraerá de lo esencial: la democracia en Venezuela. Democracia y capitalismo son incompatibles. Es un axioma, no es una opinión, ni una creencia. Un sistema político y un sistema económico incompatibles en su esencia. Las razones por las que los dirigentes del capitalismo mundial desde hace casi dos siglos vincularon la democracia a un sistema depredador y asesino, características que corresponden a otro tiempo, tildándolo de democrático, son conocidas suficientemente, al fin y al cabo las lecciones de Weber y Michels sirvieron para algo más que para hacer lujosas tesis doctorales. Incluso las tesis marxistas sirvieron para que aprendieran a camuflarse los rasgos más feroces del sistema económico. “Demos la palabra al pueblo un día cada cuatro años y que se calle el resto”, decían, y dicen. El ejemplo más llamativo fueron las últimas elecciones francesas, donde dos representantes de la oligarquía económica, uno con sonrisa de plástico, la otra con la sonrisa del cínico que no supo resolver los problemas como gobernante en la región de Poitou-Charennes, luchaban como si fueran enemigos por ocupar el sillón de la República francesa. El hecho que demuestra que tal lucha no era democrática se encuentra en la confluencia de los socialistas en el gobierno de Sarkozy, la oligarquía económica ha vuelto a ganar las elecciones. El pueblo, una vez más, ha sido burlado, y convertido en populacho y chusma. La democracia es el auténtico dilema que se ventila en Venezuela y, con el sistema político, no lo dude nadie, el final del sistema capitalista en su fase más criminal: la imperialista (nada nuevo, Hilferding y Lenin lo desvelaron hace casi un siglo).

La reforma de la Constitución de Venezuela afecta a un 10% de su articulado actual (33 artículos). ¿Por qué tanto revuelo en los medios informativos mundiales? Es llamativa la propuesta del establecimiento de 5 poderes, superando a Montesquieu, pues se le añaden el Ciudadano y el Electoral. ¿Dónde están esos poderes en la Constitución española? Sometido uno, el electoral, y dependiente del arbitrario poder judicial, y el otro, el otro, inexistente. Pues, ¿desde cuándo los ciudadanos en su ejercicio soberano han tenido poder alguno en el sistema “democrático” de España, o de Europa, o de USA, o de la India (qué enorme sarcasmo)? ¿Y de qué modo se articula ese poder en la nueva constitución venezolana? Como un poder soberano, en igualdad con el resto de los poderes establecidos. De este modo el burocratismo, el dirigismo gubernamental, la terrible tendencia a establecer “nomenclaturas” que se reproducen por la inercia de la ley de “bronce” de las oligarquías, serían aniquiladas por ese mismo Poder Ciudadano que necesariamente debiera tener mecanismos constitucionales para reparar los desaguisados que hayan de producirse. Pero la gran novedad es la constitucionalización del Poder Popular como un poder parejo al Poder Constituyente.

En la Constitución de 1999 se establecía en el Artículo 136. El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estatal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado. En la actual redacción se propone una modificación: El poder público se distribuye territorialmente de la siguiente forma: el Poder Popular, el Poder Municipal, el Poder Estatal y el Poder Nacional. El Poder Popular se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los Consejos Comunales, los Consejos Obreros, los Consejos Campesinos, los Consejos Estudiantiles y otros entes que señale la Ley. Todas estas medidas tienen como objetivo que los ciudadanos tomen el poder y no se vean alejados de los despachos en donde se toman las decisiones, y que cuantas decisiones se tomen lo sean con su consentimiento y participación. La democracia comienza entonces a tomar carta de naturaleza, y responde así a su propio nombre. En la Constitución de 1999 se decía: Artículo 70. Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad. La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este Artículo. En la actualidad, y como consecuencia del protagonismo de los grupos y movimientos sociales se empuja al poder para que reconozca esa fuerza en movimiento, aunque sin olvidar que también son medios de participación popular “la elección del cargo público, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativas constitucionales y constituyentes, y el cabildo abierto. Además de las asambleas de ciudadanos y ciudadanas, las cuales tienen carácter vinculante”.

Hemos dicho que son 33 los artículos reformados, pero la prensa del sistema se ocupa de uno solo, a saber: la reelección del Jefe del Estado. Olvidan que se constitucionaliza la jornada laboral de 6 horas, y en el artículo 90 se propone: “Al objeto de que los trabajadores y trabajadoras dispongan de tiempo suficiente para el desarrollo integral de su persona, la jornada de trabajo diurna no excederá de seis horas diarias ni de 36 horas semanales, y la nocturna no excederá de seis horas diarias ni 34 horas semanales”. Además del reconocimiento del descanso semanal y la vacaciones remuneradas, que a todo españolito le parecerá normal, pero que no existe ni en los Estados Unidos de América del Norte. Por lo que se refiere a la propiedad de lo bienes de producción, se aceptan cinco formas diferentes de propiedad, incluida la propiedad privada, siendo absolutamente beligerantes contra los monopolios (pregunten en la UE qué legislación antimonopolista existe y verán que en Venezuela no van mucho más allá). En el artículo 115 de la Constitución de 1999 se definen los componentes del modelo económico, y allí se reconocen y garantizan las distintas formas de propiedad, incluida la privada, estableciendo la pública como aquella que pertenece a los entes del Estado, y la social, la que pertenece al pueblo en su conjunto y las futuras generaciones. Ahora bien, en la nueva Constitución, ésta podrá ser de dos tipos: la propiedad social indirecta, cuando es ejercida por el Estado en nombre de la comunidad, y la propiedad social directa, cuando el Estado la asigna bajo distintas formas y en ámbitos territoriales demarcados, a una o varias comunidades, a una o varias comunas constituyéndose en propiedad comunal, o a una o varias ciudades constituyéndose así en propiedad ciudadana. El ejemplo colocado como propiedad indirecta es Pdvsa, mientras que como directa, una fábrica cuya creación haya sido impulsada por el Estado y luego transferida a la comunidad.

Son más las medidas reformadoras, afectan al ejército, los territorios, las responsabilidades ejecutivas federales, etc., pero todo eso será olvidado, y quedará en la mente estulta de los creyentes lo que digan los medios de comunicación afectos a los “cebrianes” y observaremos cómo los “amigos de CAP” se ocuparán de desfigurar lo que realmente es la reforma constitucional en Venezuela.

inSurGente/17/08/2007

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