13/10/07

¿Hacia un consejo federado?

Mauricio Rossell
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Diputado del Congreso de Hidalgo (PRI)
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Mucho se ha hablado histórica-mente sobre la necesidad de fortalecer al federalismo; sin embargo, esta discusión ha tomado un nuevo impulso recientemente con motivo de las reformas en materia fiscal y electoral y como parte del proceso de reforma del Estado que se ha inaugurado formalmente con ellas.

La aprobación de la reforma constitucional en materia electoral, en la que por disposición de nuestra Carta Magna además de la Cámara de Senadores deben participar los congresos de todos los estados subnacionales, ha evidenciado nuevamente las deficiencias de un modelo constituyente supuestamente de corte federalista en el que los congresos estatales fungen más como comparsas de los intereses partidistas que como garantes de las necesidades locales.

Y ni qué decir de una reforma hacendaria mediocre que deja groseramente en el olvido uno de los aspectos centrales del debate en la materia como es el del federalismo hacendario. Sin la concesión de mayores facultades y el reconocimiento de una mayor autonomía fiscal a las entidades federativas, difícilmente podrá nuestro país disminuir los desequilibrios verticales y horizontales que enfrenta, asegurar una distribución de recursos e inversión más eficiente, así como fortalecer en los estados la ejecución de obras prioritarias de fomento al desarrollo.

Los problemas de nuestro diseño federalista se remontan a los orígenes mismos del esquema instrumentado en nuestro país, y a la concepción original del mismo como un instrumento de descentralización política calcado de un canon radicalmente distinto al nuestro sin tomar en cuenta las diferencias radicales que caracterizan a ambos países.

Una vía de transformación de nuestro federalismo es la mutación de nuestra hoy amorfa e híbrida Cámara de Senadores en una cámara territorial o consejo federado de Estado al estilo del Bundesrat alemán, que nos permita asegurar una acción común y coordinada entre los gobiernos federal y locales en la toma de decisiones legislativas y administrativas, incluso de carácter federal que puedan incidir de alguna forma o producir efectos en los territorios subnacionales.

Esto permitiría hacer del Senado un verdadero órgano especializado en materia de federalismo con influencia decisiva como contrapeso en la adopción de cualquier medida adoptada por el gobierno federal que pueda incidir en el ámbito de las entidades subnacionales.

Un poder federado de codecisión real en el contexto no sólo del proceso legislativo constitucional y federal, sino también en el administrativo e internacional, tal y como sucede en Alemania.

Un cuerpo colegiado con el que el gobierno federal esté obligado a conciliar intereses y adoptar resoluciones de compromiso previamente a la adopción o puesta en marcha de cualquier ley o política pública que pueda tener efectos sobre las entidades federativas que aquel representa.

Para avanzar en este propósito, algunos de los cambios más fundamentales que deberían hacerse son, en primerísimo lugar, la desaparición de la figura de senadores de representación proporcional, que distorsiona la esencia del pacto federal destinado a garantizar la representación estatal, no la partidista, a fin de retomar la intención original del Constituyente de hacer de ésta una cámara de representación territorial igualitaria de los estados.

Otro cambio fundamental consistiría en replantear totalmente la forma de elección de los senadores, para que la decisión a este respecto sea el resultado, no como en México, de una elección directa de los ciudadanos ni como en Alemania del nombramiento directo por parte del gobierno de los estados, sino de un mecanismo de designación indirecto en el que las legislaturas de cada estado se encarguen de seleccionar, de entre una terna propuesta por el Ejecutivo local, a los representantes que integraran esta Cámara de Senadores.

Otra reforma fundamental sería también la concesión, siguiendo el modelo alemán, de una facultad de veto limitada a la Cámara de Senadores, en relación con todas aquellas reformas legales de carácter federal que pudieran incidir negativamente en uno o varios estados. Y la obligación del gobierno federal de mantener permanentemente informado al Senado de la forma como está conduciendo al país.
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El Universal - Mexico/13/10/2007

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