29/11/07

CONSTITUCIÓN-VENEZUELA: Temores de nuevo tiempo autoritario

Crédito: Presidencia de Uruguay
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Por Humberto Márquez
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CARACAS (IPS) - El debate sobre la reforma constitucional de Venezuela, que será puesta a referéndum el próximo domingo, se centra en los ítems que establecen restricciones al derecho de informar y al debido proceso en el marco de un estado de excepción, así como en la reelección presidencial indefinida.
La propuesta a la ciudadanía es cambiar 69 de los 350 artículos de "la mejor Constitución del mundo", como la ha llamado el presidente Hugo Chávez desde que la impulsó en 1999. Los capítulos a reformar son en 33 de los casos por iniciativa del mandatario, presentada en agosto, y el resto son modificados de común acuerdo entre el gobierno y la Asamblea Nacional (parlamento) unicameral. La reforma abarca decenas de temas, desde apellidar a Caracas como cuna de Simón Bolívar y Reina del Warairarepano (nombre indígena de la vecina montaña Ávila) hasta proclamar que la economía del país se fundamente en principios socialistas e imponer al Estado la creación de condiciones para una Democracia Socialista. Juristas, políticos opositores, obispos católicos, líderes de las marchas estudiantiles y organizaciones defensoras de los derechos humanos sostienen que, más que una reforma, se trata de una nueva ley fundamental, que debió redactar una Asamblea Constituyente. "Sin llamar a una asamblea constituyente se establece una nueva Constitución, con un nuevo esquema de Estado, de democracia y de sociedad, con regresiones en los derechos humanos", dijo a IPS Raúl Cubas, fundador de la organización humanitaria Provea. El Foro por la Vida, una coalición de 20 organizaciones de derechos humanos, expresó "especial preocupación por las modificaciones propuestas en la regulación de los estados de excepción, pues se abandonan o reducen cautelas y se limita el listado de derechos no susceptibles de restricción". El artículo 337 de la Constitución de 1999 previó que el presidente puede decretar estados de excepción ante graves circunstancias de orden social, económico, político, natural o ecológico, en cuyo caso podrán ser restringidas temporalmente las garantías consagradas en la Constitución. Pero se estableció a continuación que en esos casos no podrán restringirse las garantías referidas a los derechos a la vida y al debido proceso, la prohibición de la incomunicación y la tortura, garantías a la información y los demás derechos intangibles. Adicionalmente, el decreto del estado de excepción deberá presentarse a la Asamblea Nacional en los siguientes ocho días, para su aprobación, y al Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie sobre su constitucionalidad. En la propuesta de ahora de reforma se asienta que podrán ser "restringidas o suspendidas" las garantías, salvo el derecho a la vida, la prohibición de la incomunicación, la tortura y la desaparición forzosa, y, según el texto presentado por Chávez en agosto, dejaron de mencionarse los derechos a la información y al debido proceso. Las primeras críticas de juristas y promotores de los derechos humanos llevaron a una rectificación en la Asamblea, que incluyó algunos elementos descriptivos del debido proceso, como el derecho a ser juzgado por jueces naturales, pero suprimió la garantía a la libertad de información bajo estados de excepción. Otras constituciones en la región, como la de México, faculta al presidente a suspender algunas garantías en casos excepcionales, entre ellos la invasión. En Colombia, con más de cuatro décadas de conflicto armado interno, hay una disposición similar aunque se prohíbe investigar o juzgar a civiles por la justicia penal militar. En Brasil pueden decretarse estados de sitio y de defensa para que el Poder Ejecutivo adopte medidas extraordinarias, con descripción de las medidas que pueden ser tomadas y las que no, como limitantes a los derechos de sus ciudadanos. Otra característica de los decretos de estados de excepción en la región es su control por poderes distintos al ejecutivo y la fijación de plazos y prórrogas. La Constitución de Venezuela en vigor desde 1999 fijó a esos decretos términos de vigencia de 30 días con hasta dos prórrogas, pero la propuesta que se votará este domingo señala como plazo que el presidente considere que cesaron las causas que los motivaron y además se elimina el control constitucional por parte del Tribunal Supremo. "Siempre que en Venezuela hubo estados de excepción se registraron violaciones graves de los derechos humanos", comentó a IPS Carlos Correa, portavoz del Foro por la Vida, "pero sobre todo la merma en algunas garantías afecta el uso integral de todas: sin información no pueden conocerse y denunciarse violaciones a otros derechos", agregó. El Foro también ha criticado el surgimiento de un "Poder Popular", junto a los cinco que ya tiene Venezuela, como son el Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Moral y Electoral, y el cual "no nace del sufragio ni de elección alguna, sino de la condición de los grupos humanos organizados como base de la población", según el nuevo texto. El Poder Popular "se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los consejos comunales, de trabajadores, estudiantiles, campesinos, artesanales, de pescadores, deportivos, de la juventud, de adultos mayores, de mujeres y personas con discapacidad y otros", agrega el proyecto. En la Constitución de Cuba, los ciudadanos eligen los Consejos Populares en las distintas circunscripciones, entre delegados surgidos de las organizaciones de masas. El carácter no electivo del "Poder Popular" propuesto en Venezuela ha sido criticado por todo el arco opositor a Chávez, por las academias y organizaciones de derechos humanos, además de pequeños partidos y personalidades que una vez presentada la propuesta decidieron romper con el gobernante. "La ampliación de la democracia para hacerla participativa no puede nunca implicar la supresión de la democracia representativa", afirmó Cubas. "Se puede evolucionar de un Estado capitalista a uno socialista, pero sólo por decisión del poder constituyente, originario, actuando conforme a las reglas del juego democrático, no del poder constituido del presidente coaligado con el parlamento", agregó. La reforma, si se aprueba, también permitirá la reelección indefinida del presidente, ampliará cada mandato de seis a siete años, le facultará para rehacer el mapa político administrativo del país, le confiará el manejo del Banco Central y no sólo el mando sino la facultar de ascender en todos sus grados a los oficiales de la Fuerza Armada. También se incrementan las facultades del presidente para normar y dirigir la política económica y distribuir los recursos. "No es más poder para mí, la transferencia de más poder a las comunidades organizadas y al pueblo", asegura Chávez. "Es un cambio de régimen, en el que se concentra el poder en el presidente, con una debilidad en el principio de la alternancia y el pluralismo. Claramente nos movemos hacia otro tipo de gobierno, en el cual no se da el equilibrio de los poderes públicos", advirtió Margarita López Maya, académica en Ciencias Sociales percibida en círculos oficialistas como simpatizante del proceso que lidera Chávez. Para sufragar en el referéndum del domingo están habilitados 16,2 millones de venezolanos mayores de 18 años. Las encuestas conocidas hasta octubre daban como ganadora al "Sí" a la propuesta presidencial, pero varias divulgadas en noviembre han mostrado incremento en el rechazo y posibilidades de triunfo del "No", todo dependiendo de cuán alta sea la abstención.
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IPS Noticias - Uruguay/29/11/2007

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